ALGUNAS SENTENCIAS ESCANDALOSAS
Hay ocasiones en que las mujeres son doblemente agredidas. Primero los son por su pareja, por su familia, por sus compañeros de trabajo, sus jefes… y luego vuelven a ser agredidas cuando denuncian y los jueces y juezas dictan sentencias como estas:
• Le deniegan la orden de protección y la guarda y custodia del hijo porque le dio un ataque de pánico ante el forense:
Una mujer embarazada sufre una crisis de ansiedad al ser examinada por el forense. Ese motivo es suficiente para la denegación de la orden de protección y la atribución de la guarda y custodia provisional del hijo común de tres años al denunciado. Se duda de la capacidad de la madre para cuidarle y se le entrega al padre denunciado. El agresor, amparado en esto, ha pedido la guarda y custodia definitiva del niño de 3 años y del que va a nacer.
• Absuelven al maltratador porque la querella tiene muchos folios y muchos testigos y por cometerlo “sólo en el ámbito familiar”:
En la Sentencia núm. 256/2004, de 19 de julio de 2004, el Magistrado del Juzgado de lo Penal nº 16 de Madrid, pronuncia un fallo de ABSOLUCIÓN de los delitos de maltrato familiar e injurias, en una Sentencia en la que, además de referirse continuamente a la adicción, depresión y abuso de alcohol del acusado como causa de los hechos, dice que “solamente existe el testimonio de la esposa, de los hijos del matrimonio y del suegro del acusado, como personas que pudieran testimoniar el delito de maltrato familiar”.
• Rebaja de 17 a 15 años por “reparación del daño” tras estrangularla y descuartizarla:
Madrid. Se trata de un empresario madrileño que contrató, como hacía asiduamente, a una mujer prostituta de 22 años en el parque. La llevó a su domicilio y en la habitación, por sorpresa, la cogió por el cuello y la golpeó en el rostro hasta que falleció. Luego la descuartizó y tiró el cadáver al contenedor. Él alegó que es muy tranquilo y que no sabe qué le pasó. Le rebajan la condena 2 años por “reparación del daño” al ingresar la indemnización para los herederos de la víctima.
• Un juez antepone el derecho laboral de un maltratador al “Alejamiento” de su víctima:
Sevilla. Se le había condenado a 1 año y 11 meses de prisión por maltrato habitual, psicológico y amenazas. Y había quebrantado varias órdenes de alejamiento, pero ahora un juez dice que prevalece el derecho al trabajo del agresor, “a la tranquilidad y libertad deambulatoria de la víctima”.
Hay ocasiones en que las mujeres son doblemente agredidas. Primero los son por su pareja, por su familia, por sus compañeros de trabajo, sus jefes… y luego vuelven a ser agredidas cuando denuncian y los jueces y juezas dictan sentencias como estas:
• Le deniegan la orden de protección y la guarda y custodia del hijo porque le dio un ataque de pánico ante el forense:
Una mujer embarazada sufre una crisis de ansiedad al ser examinada por el forense. Ese motivo es suficiente para la denegación de la orden de protección y la atribución de la guarda y custodia provisional del hijo común de tres años al denunciado. Se duda de la capacidad de la madre para cuidarle y se le entrega al padre denunciado. El agresor, amparado en esto, ha pedido la guarda y custodia definitiva del niño de 3 años y del que va a nacer.
• Absuelven al maltratador porque la querella tiene muchos folios y muchos testigos y por cometerlo “sólo en el ámbito familiar”:
En la Sentencia núm. 256/2004, de 19 de julio de 2004, el Magistrado del Juzgado de lo Penal nº 16 de Madrid, pronuncia un fallo de ABSOLUCIÓN de los delitos de maltrato familiar e injurias, en una Sentencia en la que, además de referirse continuamente a la adicción, depresión y abuso de alcohol del acusado como causa de los hechos, dice que “solamente existe el testimonio de la esposa, de los hijos del matrimonio y del suegro del acusado, como personas que pudieran testimoniar el delito de maltrato familiar”.
• Rebaja de 17 a 15 años por “reparación del daño” tras estrangularla y descuartizarla:
Madrid. Se trata de un empresario madrileño que contrató, como hacía asiduamente, a una mujer prostituta de 22 años en el parque. La llevó a su domicilio y en la habitación, por sorpresa, la cogió por el cuello y la golpeó en el rostro hasta que falleció. Luego la descuartizó y tiró el cadáver al contenedor. Él alegó que es muy tranquilo y que no sabe qué le pasó. Le rebajan la condena 2 años por “reparación del daño” al ingresar la indemnización para los herederos de la víctima.
• Un juez antepone el derecho laboral de un maltratador al “Alejamiento” de su víctima:
Sevilla. Se le había condenado a 1 año y 11 meses de prisión por maltrato habitual, psicológico y amenazas. Y había quebrantado varias órdenes de alejamiento, pero ahora un juez dice que prevalece el derecho al trabajo del agresor, “a la tranquilidad y libertad deambulatoria de la víctima”.
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